Contrato Individual de Trabajo por Tiempo Indeterminado


CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO.

Que celebran por una parte de la persona física/moral denominada MEREMX, representada por el Sr. Miriam Berenice Landeros Rocha, a quien en lo sucesivo se le denominara para efectos de este contrato como el “EL PATRÓN”, y por la otra el Sr. Jocelin Alejandra Anaya Coronado, a quien se denominara como “EL TRABAJADOR “, quienes están conformes en sujetarse a las cláusulas que más adelante se señalaran, así como en las siguientes.

Declaraciones.
1. El patrón manifiesta ser persona física/moral legalmente constituida conforme a las leyes, con el objeto social Monte Sinaí #48 y con el domicilio ubicado en Fracc. Las Cruces, de la cuidad de Silao Guanajuato.
2. El trabajador, declara llamarse como ha quedado escrito, de 16 años de edad, sexo Femenino, estado civil soltera, y con domicilio ubicado en Privada Leñador # 10 de la ciudad de Silao Guanajuato

Clausulas.
PRIMERA. El presente contratado lo celebran las partes por tiempo indeterminado, de conformidad con lo que establece la ley.
SEGUNDA. El trabajador prestará sus servicios al patrón con el puesto de Ayudante de Cocina en el domicilio del patrón antes citado, y recibirá como salario diario la cantidad de $2,000.00 (dos mil pesos).
TERCERA. Las partes conviene que el trabajador Sr. Jocelin Alejandra Anaya Coronado prestará sus servicios al patrón los días de lunes a sábados, en un horario de 7:00 am a 3:00 pm lo cual su jornada de trabajo de trata se ser diurna y los días sábado de se trabajará medio día, tal manera ya será su decisión si el trabajador quiere hacer horas extras.
CUARTA. Las partes, convienen en que el día de descanso semanal será del trabajador el o los días Domingo de cada semana.
QUINTA. Las partes, convienen en que el salario que recibirá el trabajador, será pagado en moneda de curso legal el día sábado, será depositado en el banco por medio de la tarjeta de crédito.
SEXTA. Son dos días de descanso obligatorio el primero de enero, primer lunes de febrero en conmemoración al 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración al 21 de marzo, el 1ro de mayo, el 16 se septiembre, tercer lunes de noviembre en conmemoración al 20 de noviembre, 1ro de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del PEF, 25 de diciembre, y los días que sean determinados por la Comisión Electoral Estatales o Federales para periodos de Elecciones, con salario íntegro cuando correspondan dentro del periodo de contratación .
SÉPTIMA. El trabajador, al cumplir un año de servicio o fracción de este al termino del contrato de trabajo que hoy se suscribe tendrá derecho al pago de seis días de vacaciones o fracción de estas en el caso citado anteriormente, así como el pago del 25% por concepto de Prima Vacacional, de conformidad con lo establecido por los diversos 76, 77 y relativos de la Ley Laboral.
OCTAVA. Anualmente o en fracción de este, el trabajador tendrá derecho al pago de 15 días de Aguinaldo o fracción de este por tiempo prestado, de conformidad con lo que se establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
NOVENA. El empleado se obliga en términos de lo establecido por el diverso 134 de la Ley a someterse a todos los reconocimientos y exámenes médicos que el patrón indique.
DÉCIMA. El presente contrato obliga a las partes de lo expresamente pactado, conforme a lo señalado al diverso 31 de la Ley.
DÉCIMA PRIMERA. El trabajador se obliga a observar y respetar las disposiciones del reglamento interior del trabajo que existe en la Empresa, si pena de incurrir en alguna de las casuales establecidas por la Ley.
DÉCIMA SEGUNDA. El trabajador se obliga a acatar toda y cada una de las disposiciones respecto a la capacitación y adiestramiento, planes y programas que para el efecto tenga la Empresa, de conformidad por lo establecido por la Ley.
DÉCIMA CUARTA. Lo no previsto es este contrato se regirá por todas y cada una de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
DÉCIMA QUINTA. Se reconoce expresamente que el presente contrato se celebra por el tiempo indeterminado. Leído que fue el presente contrato por las partes firman al margen en la primera y al calce para consistencia y aceptación, ante la presencia de dos testigos a los días 4 de ABRIL del 2019.

                                                                            TRABAJADOR
 ________________________________________________________________________________
                                                                        Nombre  y Firma.


                                                                                 PATRÓN
                                       ______________________________________________
                                                                        Nombre  y Firma.


                                                                          TESTIGOS

                                                                        Nombre  y Firma.



                                                                          TESTIGOS

                                                                        Nombre  y Firma.

Comentarios